A raíz de los últimos cambios producidos respecto de las tarifas de los servicios de energía eléctrica y gas natural de red, desde la Oficina Municipal de Información al Consumidor, OMIC, se informa en relación al pago de facturas

Energía eléctrica:

Los usuarios han recibido dos facturas del PERIODO 4/2016, cada una correspondiente a cuota 1 y cuota 2. La CUOTA 1 corresponde abonarla, ya que es anterior a la medida judicial vigente. La CUOTA 2, cuyo vencimiento opera en JUNIO, no se debería abonar y el usuario recibirá en su hogar una nueva factura con otro vencimiento y a valor anterior al aumento.

Importe a favor

Aquel usuario que haya abonado la cuota 2, que vence en junio contará con un importe a favor en su cuenta el que será aplicado, de continuar la medida cautelar,en la próxima facturación.

De revertirse la medida cautelar, se volverá a facturar a valor posterior al aumento.

“En tal sentido el usuario tiene que saber que  todo pago que realice, siempre queda en su cuenta de cliente”, explicó Alejandra Helling de la OMIC

Gas natural de red 

En virtud de la Resolución ENARGAS Nº 3843/16 fechada al 08/06/2016, los usuarios deberán abonar por el  pago de las facturas que se emitan por los consumos realizados a partir del  1º de abril de 2016 y HASTA el 31 de diciembre de 2016, no podrán superar en más de un 400% al monto sin impuestos que hubiese correspondido facturar de aplicarse para igual categoría de usuario y para el mismo volumen consumidor el período de facturación las tarifas vigentes al 31 de marzo de 2016.-

De superar el límite establecido, la diferencia deberá ser deducida de la factura que reciba el usuario en líneas separadas a continuación de los conceptos tarifarios bajo la denominación «Bonificacion segun resolucion MEyM 99/16»

“Los usuarios que aún no pagaron el gas podran solicitar a la prestadora su refacturacion. Por su parte los que ya abonaron, la diferencia, de existir, será aplicada en facturaciones posteriores, en forma de bonificación, es decir, a favor del cliente”, comentó Helling

Garrafas

La Oficina Municipal recuerda a los consumidores  que los valores de las garrafas son los establecidos por el Ministerio de Enrgía y Minería de la Nación:

Garrafas de 10 kg  

Fraccionadoras:  IVA: 10.5%

a) Precio maximo de referencia venta mayorista:  venta a  distribuidoras y comercios:  $ 43.40 final.-
b) Precio máximo de referencia venta minorista:  Venta a los consumidores en plantas de fraccionamiento: $ 53.70 final.-

Distribuidores:

a) Precio máximo venta mayorista: Venta a comercios: $ 86.70 final
b) Precio máximo venta minorista (comercios): Venta a consumidores $ 97.

Garrafas de 12 kg: $ 115.-
Garrafas d 15kg: $ 142.-

Por consultas y/o denuncias

Avellaneda y luiggi de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 hs
Telefónicamente al 02932-430833
Mail: consumidorespalta@yahoo.com. ar

 

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