El Municipio logró la aprobación de un protocolo para piscinas recreativas al aire libre 

Elaborado desde las secretarías de Gobierno y Salud del Municipio, fue aprobado desde la Jefatura de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires el protocolo para permitir el funcionamiento de piscinas recreativas al aire libre en Coronel Rosales, en el marco de COVID19.  

Ante el nuevo escenario que dispone esta emergencia sanitaria global y su impacto económico y social en la actividad social y recreativa, el Municipio de Coronel Rosales, ha elaborado un protocolo para el funcionamiento de las piscinas recreativas al aire libre. 

El protocolo abarca a todos aquellos establecimientos, clubes, complejos, etc. que dispongan de una piscina recreativa al aire libre, con el fin de asegurar en todos los puntos críticos de la prestación, la prevención de la propagación del virus en la comunidad y la afectación de las y los trabajadores de todo el sector. 

Las pautas contenidas en el presente protocolo, siguen las recomendaciones establecidas por el Ministerio de Salud de la Nación, ofrecen diversas medidas y acciones específicas para hacer frente a la situación actual y ayudar a la recuperación de la actividad. 

Entre otras medidas, se exige colocar cartelería en lugares fácilmente visibles con información sobre las medidas de distanciamiento social, la adecuada higiene de manos, la apropiada higiene respiratoria, y las recomendaciones ante la presencia de síntomas compatibles con COVID-19, e informar a todos los concurrentes (ya sea el público o trabajadores y contratistas) acerca las medidas de higiene y seguridad adoptadas. 

También, se exigirá mantener una distancia mínima entre personas de DOS (2) metros, evitar reuniones en espacios cerrados dentro y fuera del espacio de trabajo, incluyendo reuniones familiares o entre amistades, el uso de barbijos y tapabocas en lugares comunes y mantener las medidas de distanciamiento. 

Para mantener el distanciamiento social se debe limitar la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, puestos de trabajo, etcétera) a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable, para ello se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados. No podrán reunirse más de 6 personas por sombrilla.  

Cuando por sus características esto no sea posible, se debe impedir el uso de estos espacios o limitar su capacidad. 

Se recomienda que personas pertenecientes a grupos de riesgo no asistan a las actividades, así como tampoco a las piscinas recreativas al aire libre. 

Las zonas donde no se pueda implementar o mantener el distanciamiento social obligatorio y la higiene requerida no serán habilitadas al público. 

La capacidad de cada piscina recreativa al aire libre será establecida por las autoridades del Municipio previa visita al predio. 

Ante cualquier duda o consulta contactarse con la Oficina de Habilitaciones en habilitaciones@rosalesmuniciio.gob.ar 

Menú